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Uñac repudió los cortes de energía eléctrica

En referencia al tema, el gobernador de la Provincia, Sergio Uñac destacó que "en plena pandemia, cuando necesitamos quedarnos en casa, los cortes y/o retiro de medidores del servicio de energía eléctrica no se pueden tolerar, además de evidenciar por parte de Energía San Juan una falta de solidaridad, en estos momentos en que todos los sanjuaninos estamos haciendo el máximo esfuerzo en pos del bien común".

En total violación de lo dispuesto en la Provincia de San Juan mediante la Ley Provincial 2088-A, el Gobierno de San Juan repudia los cortes de suministro eléctrico ordenados por la empresa Energía San Juan a los usuarios que se encuentran comprendidos en la presente Ley. Recurda asimismo que rige la invariabilidad de las tarifas hasta diciembre de 2020.

«No vamos a permitir esta situación, porque la Ley de Necesidad y Urgencia que he sancionado (2088-A) prohíbe en San Juan los cortes y retiro de medidores. Estas acciones incumplen con la ley vigente», finalizó el primer mandatario sanjuanino.

La Ley Provincial 2088-A establece la abstención del corte del servicio de energía eléctrica por mora o falta de pago.

Además dispone la invariabilidad de las tarifas del Servicio Público de Distribución de Electricidad en la Provincia de San Juan hasta diciembre de 2020, para todos los Usuarios del Servicio Público de Distribución de Electricidad en la Provincia de San Juan.

De acuerdo a la normativa, Energía San Juan SA y DECSA no podrán disponer la suspensión o el retiro, en caso de mora o falta de pago de facturas de los Usuarios beneficiarios afectados por la emergencia sanitaria.

El Ente Provincial Regulador de Electricidad (EPRE), tiene a cargo la instrumentación de los procedimientos necesarios para el cumplimiento del DNU.

Para acceder al beneficio dispuesto en Leyes Provinciales 2039-A y 2088-A, los Usuarios deben suscribir un plan de pagos de la deuda que se haya generado en sus suministros, para lo cual deben ingresar a las plataformas digitales de Energía San Juan SA o DECSA y completar el Formulario “Ley 2039-A”.

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