ECONOMIA

Más contribuyentes tienen que incorporar el código QR a sus facturas electrónicas

Desde abril, la decisión de la AFIP es obligatoria para más contribuyentes que emiten comprobantes electrónicos.

Desde este mes, más empresas están obligadas a la incorporación de un código de respuesta rápida, el llamado QR, en los facturas y otros comprobantes electrónicos, de acuerdo con el cronograma escalonado puesto en marcha por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) a principios de 2021.

Se trata de aquellos contribuyentes que están inscriptos en el Impuesto al Valor Agregado (IVA) y que hayan declarado sobre ese gravamen entre $2 millones y hasta $10 millones.

El código QR en los comprobantes reemplaza desde principios de año al código de barras que aparece al final de los archivos electrónicos que se generan al momento de facturar de manera on line ya sea desde los servicios de AFIP o por sistemas propios de los emisores.

Para aquellos que utilicen los servicios del organismo recaudado, es decir “Comprobantes en línea” y/o la aplicación “Facturador Móvil”, el propio sistema de la AFIP incorporó el código “QR” al comprobante electrónico autorizado.

En tanto, aquellos contribuyentes que cuenten con sistemas propios de emisión de facturas debieron adaptar esas herramientas técnicas según un cronograma escalonado para la puesta en marcha del código QR.

El código de respuesta rápida codifica distintos aspectos de la información del comprobante emitido: fecha de emisión; CUIT del emisor, punto de venta; tipo de Comprobante; Número de Comprobante; importe total; moneda; cotización; tipo de documento receptor (de corresponder); código del tipo de autorización y código de autorización.

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