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Con la modificación del Código Electoral fueron eliminadas las PASO

El bloque Justicialista de la Cámara de Diputados promovió la presentación sobre tablas de un proyecto de ley de modificación del Código Electoral que elimina las Primarias Abiertas Simultáneas y Obligatorias (PASO) en la provincia de San Juan, que obtuvo la aprobación por 23 votos, tras un arduo debate en el que fueron esgrimidos argumentos diversos por la aprobación o el rechazo.

En tal sentido, el proyecto de ley, autoría del bloque Justicialista fue incorporado como moción por el titular del bloque, diputado provincial representante del departamento Albardón, Juan Carlos Abarca y la iniciativa estuvo firmada por el propio Abarca y las diputadas Celina Ramella, Marcela Monti y Fernanda Paredes.

Los fundamentos
Entre los fundamentos del proyecto de ley presentado por el bloque Justicialista aprobado, señala que tiene como finalidad ofrecer al gobierno provincial las herramientas necesarias para contener la expansión de la epidemia en sus jurisdicciones atendiendo a las diversas realidades locales, y mitigar la propagación del COVID-19, preservando la salud pública, adoptándose en tal sentido medidas proporcionadas a la amenaza que se enfrenta, en forma sectorizada, razonable y temporaria.

Asimismo, los legisladores sostienen en los fundamentos que durante 2023, serán cumplidos comicios en la Nación y en la provincia y mientras tanto el COVID-19 prosigue como pandemia y aún existen rebrotes en distintos países del mundo, razón por la cual –señalan- existe incertidumbre sobre lo que ocurrirá al momento de las elecciones en el sentido si será una situación de crisis sanitaria o de pospandemia.

Por otra parte, dan cuenta de la necesidad de ofrecer señales que simplifiquen la vida de los ciudadanos como bajar los gastos de la política y profundizar la gestión institucional, por cuanto los partidos políticos no pueden eludir las PASO, ni siquiera cuando exista una sola fórmula o una sola lista para cargos electivos; o como cuando obliga a los ciudadanos a votar en internas de partidos políticos a los que no pertenecen y en las que, además, muchas veces ni siquiera hay opciones para elegir porque las candidaturas ya fueron consensuadas por la dirigencia partidaria.

Derogar las PASO provinciales implica a su vez establecer un sistema de proclamación de candidatos de las fuerzas políticas que las reemplace. Con este proyecto los partidos políticos vuelven a elegir sus candidatos para ocupar cargos públicos electivos provinciales a través de internas cuyas características ellos mismos decidirán a través de lo estatuido en sus cartas orgánicas. Hasta la sanción de las PASO fue siempre normal y habitual que las agrupaciones políticas se inclinaran por realizar internas cerradas, es decir, aquellas en las que solo votan los afiliados.

Concluyen con que la modificación del Código Electoral tendrá 3 beneficios: proteger la salud de la población; asegurar el ejercicio efectivo de los derechos políticos y garantizar la integridad del proceso electoral.

El debate
Tras la presentación de la moción por parte del diputado Juan Carlos Abarca de incorporar sobre tablas el proyecto de ley para la modificación del Código Electoral que derivó en la eliminación de las Primarias Abiertas Simultáneas y Obligatorias (PASO), fue continuado el debate de distintos los temas incluidos en el orden del día, hasta que llegó el momento del tratamiento de los puntos sobre tablas y la fundamentación a cargo de la diputada Celina Ramella.

A partir de allí hubo participación de los diputados Juan Carlos Gioja, Leonardo Gioja y Graciela Seva que mostraron su desacuerdo; Fernanda Paredes que con sus palabras defendió el proyecto; Nancy Picón en contra; Andrés Chanampa, Marcela Monti y Horacio Quiroga apoyaron el proyecto de ley; Sergio Miodowsky y Enzo Cornejo destacaron su rechazo y Edgardo Sancassani marcó su adhesión.

En un momento del debate el diputado Federico Hensel solicitó que por Secretaría Legislativa se diera lectura al artículo 144º del Reglamento Interno de la Cámara de Diputados que reza lo siguiente: “Salvo el caso previsto en el artículo 131º del reglamento los modos de votar en la Cámara serán dos: el nominal que se hará a viva voz por cada diputado; el otro por signos, que se hará levantando la mano, los que estuviesen por la afirmativa y no haciéndolo los que estuviesen por la negativa. En ambos casos, los diputados deberán votar desde sus bancas”.

Por otra parte, el artículo 145º del Reglamento Interno de la Cámara de Diputados: Se hará votación nominal a pedido de cualquier diputado formulado en forma de moción y decidida por el cuerpo por mayoría simple de los presentes. Igualmente se podrá disponer este modo de votación cuando hubieren dudas sobre el cómputo de una votación por signos.

La Ley aprobada
El proyecto de ley aprobado consta de 173 artículos y uno de forma y abroga la ley Nº 1268-N – Ley de Modernización y Ordenamiento Administrativo del Proceso de Formación de la Voluntad Política en Materia de Representación Popular Código Electoral Provincial, que constaba de 189 artículos y uno de forma.

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