Diana Mondino no viajará a la cumbre del G7
La Canciller no integrará la comitiva oficial que partirá rumbo a Europa.
La canciller, Diana Mondino, no participará de la cumbre del G7, que se realizará del 13 al 15 de junio en Italia, de la que participará el presidente Javier Milei, pese a las dudas iniciales. Está previsto que mandatario viaje el 12 de junio a Italia, invitado por la primera ministra del país europeo, Giorgia Meloni.
La ministra de Relaciones Exteriores, además, en un nuevo revés, perdió el manejo de la Fundación Argentina para la Promoción de Inversiones y Comercio Internacional, que pasa del ámbito de la Cancillería a la Secretaría General de la Presidencia, a cargo de la hermana del mandatario, Karina Milei, conocida como “El Jefe”.
El Gobierno a través de los decretos 511/2024 y 512/2024 publicados en el Boletín Oficial le cedió a la Secretaría General la Fundación Argentina para la Promoción de Inversiones y Comercio Internacional. Las resoluciones le quitan la competencia de la Fundación a Relaciones Exteriores y justifican la medida al argumentar que “las modificaciones a la Ley de Ministerios resultan impostergables para la gestión de gobierno”.
Las resoluciones mencionan que “por razones de gestión resulta necesario suprimir la competencia asignada al Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto respecto de la ex Fundación Exportar, actual Fundación Argentina para la Promoción de Inversiones y Comercio internacional, constituida por el Decreto N° 2303/93, para su posterior inclusión entre los objetivos de la Secretaría General de la Presidencia de la Nación”.
Mencionan que “la Ley N° 26.122 regula el trámite y los alcances de la intervención del Honorable Congreso de la Nación respecto de los Decretos de Necesidad y Urgencia dictados por el Poder Ejecutivo Nacional, en virtud de lo dispuesto por el artículo 99, inciso 3 de la Constitución Nacional”, y que esta norma “determina que la Comisión Bicameral Permanente tiene competencia para pronunciarse respecto de la validez o invalidez de los Decretos de Necesidad y Urgencia, así como para elevar el dictamen al plenario de cada cámara para su expreso tratamiento, en el plazo de diez días hábiles”.