El Gobierno eliminó los aportes obligatorios de las empresas a las cámaras sectoriales
La medida se estableció con el decreto 149, publicado en el Boletín Oficial.

El Gobierno avanzó este miércoles en la eliminación de los aportes obligatorios de las empresas a las cámaras sectoriales. “Se termina con un importante privilegio de la casta”, expresó el ministro de Desregulación, Federico Sturzenegger.
La medida fue establecida a través del decreto 149, publicado en el Boletín Oficial, con las firmas del presidente Javier Milei; el jefe de Gabinete, Guillermo Francos; y la ministra de Capital Humano, Sandra Pettovello.
En el artículo 1° del decreto se precisa que “las Convenciones Colectivas de Trabajo no podrán imponer aportes, contribuciones o cualquier otro tipo de carga económica en beneficio de las cámaras, asociaciones o agrupaciones de empleadores a cargo de no asociados o afiliados a dichas entidades, salvo que dichas cargas resultaren aceptadas voluntariamente por estos últimos”.
Esta aceptación podrá ser revocada libremente, y en cualquier oportunidad, “mediante simple comunicación fehaciente a la entidad correspondiente”.
En el decreto también se establece que la Secretaría de Trabajo no homologará ni registrará convenios o acuerdos colectivos que contradigan lo dispuesto en el artículo 1°.
El ministro Desregulación explicó esta modificación y agregó que esto “termina con un importante privilegio de la casta: la de poder establecer ‘impuestos privados’ para beneficio de privados”.
En su posteo, Sturzenegger señaló que “en el modelo de la casta” tanto empresarios como gremialistas, “han logrado ir ‘colando’ otras contribuciones para fines totalmente ajenas al objeto de la negociación salarial”. “Así, fueron incorporando cargas obligatorias para financiar asociaciones empresarias, ‘institutos de capacitación’ y demás objetos variopintos que empezaron a operar como verdaderos ‘impuestos privados’”, detalló.
“La Ley 14.250 regula los convenios colectivos como instrumentos destinados exclusivamente a fijar condiciones de trabajo. Pensar que pueden ser usados para permitir la imposición de contribuciones obligatorias vulnera el principio constitucional de libertad de asociación, ya que impone cargas económicas a sujetos que no han elegido voluntariamente participar de esas entidades. La creación de cargas patrimoniales solo puede surgir de una norma con rango de ley y no de un acuerdo entre partes privadas que se hace extensivo a terceros sin su consentimiento”, remarcó el funcionario.
Sobre el final, agregó: “Con este cambio le devolvemos a millones de empresas, consumidores y trabajadores, un dinero que se les había sacado compulsivamente”.