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Nuevo protocolo de Transporte Aéreo de Cabotaje Comercial

Por Resolución N° 256-MG-2020 fue resuelta la normativa para el transporte aéreo de personas y de aviación en general en la provincia de San Juan.

El 26 de octubre del corriente fue dispuesta la Resolución N°256-MG-2020 sobre el transporte aéreo de cabotaje comercial y de aviación en general en la provincia de San Juan que regula la prestación del servicio público de transporte de personas.

El mismo fue emitido a fin de garantizar lo dispuesto en el orden nacional, limitando la circulación de pasajeros a los casos determinados en el marco de la emergencia sanitaria.

Las medidas sanitarias y de seguridad que deben cumplir los pasajeros y todos los operadores de servicios de vuelos de transporte aéreo son las siguientes:

PCR obligatorio
Para el ingreso de pasajeros y pasajeras a la provincia, deberán presentar Prueba de diagnóstico de Reacción en Cadena de Polimerasa (PCR) «no detectable» de COVID-19 de hasta setenta y dos (72) horas previas al momento del ingreso.

Destinatarios
Es de cumplimiento obligatorio para los operadores afectados a la actividad del transporte aéreo de cabotaje comercial y de aviación en general y las personas habilitadas para utilizar los servicios de transporte aéreo de cabotaje comercial, que deberán ser trabajadores esenciales de la república Argentina y/o personas que deban trasladarse por motivos de salud, mas un acompañante en caso de ser necesario, y deben contar con el Certificado Único habilitante para la circulación que deben gestionar a través del portal https://www.argentina.gob.ar/circular

Además, deberán descargar la app Cuidar y proceder al correcto llenado y actualización de los datos requeridos por la misma, incluyendo la Declaración Jurada por COVID-19.

Instrucciones generales
-Las líneas aéreas deberán verificar que los pasajeros cuenten con el Certificado Único Habilitante para –Circulación-Emergencia COVID-19.
-En ningún caso podrán circular personas en condición de «caso sospechoso» o «caso confirmado» de COVID-19, ni quienes deban cumplir aislamiento en los términos del Decreto N° 260/20.
-Deberán conservar por 3 meses el listado de pasajeros con su ubicación, para provisión a las autoridades en caso de requerimiento sanitario.
-Los servicios de tránsito aéreo requerirán la autorización de la ANAC para aceptar el plan de vuelo.

Instrucciones particulares

En el Aeropuerto Internacional de San Juan – Domingo Faustino Sarmiento

-Ingreso permitido a pasajeros y acompañantes de personas con discapacidad que lo requieran.
-Control de temperatura al ingresar.
-Señaléctica en pisos y cartelería para indicar la distancia mínima de separación requerida.
-Acrílicos protectores en las áreas de check-in y puertas de embarque.
-Dispensers de alcohol en gel en terminales de higiene
-Desinfecciones continuas en puntos de alto contacto
-Personal de aeropuerto está capacitado para realizar anuncios y ordenar el distanciamiento.
-Personal capacitado en el uso correctos de equipos de protección personal (EPP).
-En sectores con capacidad limitada, como el check in, los pasajeros pueden continuar las filas en el exterior.
-Pantallas informativas, puestos de Self-Check in y área de nuevos asientos en el exterior.
-Las salas VIP permanecen cerradas.
-Embarque de a grupos reducidos y de forma ordenada manteniendo el distanciamiento según indicaciones del personal y carteles informativos.

Durante el vuelo

-Sistema de aire acondicionado con filtros especiales de alta eficiencia (HEPA, High Efficency Particulate Air filters) que renuevan constantemente el aire de la cabina.
-Mantas, almohadas y auriculares están suspendidos
-Servicio de snacks, bebidas y revistas suspendidos en vuelos de cabotaje y regional.
-Contacto limitado entre la tripulación y pasajeros
-El pasajero limitará al máximo su movimiento dentro del avión.
-Menú de contingencia en bolsas individuales disponible en vuelos internacionales.
100ml. de alcohol en gel es el único sanitizante permitido para el uso a bordo.
-Las aeronaves son desinfectadas con productos recomendados por la Organización Mundial de la Salud (OMS)
-Caso sospechoso en vuelo: se solicitará asistencia médica voluntaria a bordo. De no contar con ella, el tripulante que lo asista deberá colocarse Kit de Precaución Universal antes de asistir al pasajero. Se notificará al comandante del evento y se activará el protocolo para caso sospechoso de enfermedad infectocontagiosa (coronavirus) en vuelo.

En el desembarque

-La tripulación indica cuándo se pueda abandonar el asiento, una vez que la fila delantera se haya desocupado.
-Respetar el distanciamiento recomendado al descender.
-En vuelos internacionales, se debe entregar completo y firmado el formulario solicitado por autoridades sanitarias.

En todos los casos, una vez que las autoridades provinciales comprueban el cumplimiento de los recaudos mencionados, se realizará un triage, a efectos de obtener la trazabilidad de la información.

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