Violación grupal en Palermo
Condenaron a cuatro de los seis acusados y absolvieron a otros dos.
El Tribunal Oral en lo Criminal 14 de la Capital Federal condenó a cuatro de los seis acusados por la violación grupal cometida en Palermo en febrero de 2021 contra una joven.
Lautaro Dante Pasotti (25) y Ángel Pascual Ramos (24) recibieron seis años de cárcel por ser considerados autores del delito de “abuso sexual con acceso carnal”., mientras que Thomas Fabián Domínguez (23) y Alexis Steven Cuzzoni (21) un año de prisión por el delito de “abuso sexual simple”. Por su parte, Ignacio Retondo (24) y Franco Jesús Lykan (24) fueron absueltos.
En base a esta decisión, el Tribunal ordenó la inmediata liberación de Domínguez, Cuzzoni, Retondo y Lykan. Los fundamentos se conocerán el próximo 26 de febrero de 2024.
Además, según un comunicado del Ministerio Público Fiscal, el Tribunal determinó que una vez que quede firme el fallo, se remitirá al Banco de Datos Genéticos el perfil genético obtenido en la investigación de los cuatro condenados, de acuerdo a lo previsto en la Ley N°26.879, que creó el Registro Nacional de Datos Genéticos vinculados a Delitos contra la Integridad Sexual.
Los abogados de la víctima, Hugo Figueroa y Osvaldo Cantoro, habían pedido una pena de 20 años de cárcel para los seis acusados. En su alegato los consideraron autores o partícipes necesarios de un “abuso sexual con acceso carnal agravado por la intervención de dos o más personas”.
El pedido de pena máxima recayó sobre Ángel Pascual Ramos (24), Lautaro Dante Ciongo Pasotti (25), Franco Jesús Lykan (24) -ellos tres como coautores-, Thomas Fabián “TH” Domínguez (23) y Alexis Steven Cuzzoni (21) -estos dos últimos como partícipes necesarios-.
En el caso de Ignacio Retondo (24), el abogado Figueroa solo lo había considerado como “partícipe” pero no necesario del hecho, con lo que la escala penal en su caso.
Según indicó la agencia de noticias Télam, los implicados estaban acusados de los delitos de “abuso sexual con acceso carnal agravado por la intervención de dos o más personas” (que prevé una sentencia de 8 a 20 años de prisión), en concurso real con las “lesiones leves” (pena de un mes a un año de cárcel) que fueron producidas al testigo Luis Riveros Espínola, el comerciante agredido por dos de los jóvenes antes de que llegue la Policía de la Ciudad.